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Asunto: Memoria de la reunión celebrada el 3 de marzo de 2022 con el director de la Oficina de Cambio Climático y Gestión del Riesgo del MADS, Alex Saer.

Asistentes: por la oficina de cambio climático del MADS:

  • ALEXANDER SAER. Director de la Oficina de Cambio Climático y Gestión del Riesgo del MADS.
  • ADRIANA GUTIÉRREZ.
  • ROSANA ROMERO.
  • NIDYA CHAPARRO.
  • ARTURO JIMÉNEZ
  • ANGELA LILIANA RODRÍGUEZ.
  • JACOBO CARRIZALES.
  • ALEJANDRA GARZÓN.
  • DAVID MOSQUERA.
  • ERIKA AMAYA

Asistentes por Asocarbono: Miembros de la Junta Directiva:

  • ANA MILENA PLATA. BIOFIX CONSULTORÍA. Presidenta Junta Directiva.
  • JESSICA WADE-MURPHY. ATMOSPHERE ALTERNATIVE.
  • CAMILO SANCHEZ. CEMEX
  • FRANCISCO OCAMPO. Director Ejecutivo de ASOCARBONO

Agenda

  1. Inquietudes sobre la Ley de Acción Climática:
    Sobre las transferencias internacionales, artículo 17.

    ¿El texto aprobado condiciona transacciones del mercado voluntario internacional que se realicen desde Colombia al cumplimiento previo de las NDC de Colombia? ¿Y estarán obligadas a aplicar los ajustes correspondientes?

    PARÁGRAFO art 17.
    “Por un mercado de carbono sólido y sostenible”

    Los proyectos que se aniden a programas nacionales o Subnacionales, Visión Amazonía, p. ej., como socios, perderán derecho a ofrecer sus resultados de mitigación, léase bonos de carbono, ¿en el mercado de carbono?

  2. Otros asuntos:
    a. Normas por elaborar en 2022 sobre Mercado de carbono
    ¿Habrá espacios para discutir las propuestas del MADS? ¿Con que metodología?
    b. ASOCARBONO entregó un documento con la propuesta de ajuste a la resolución 1447. ¿Cómo se dará trámite a las propuestas? ¿Podremos sustentarlas y discutirlas con el MADS?
    c. Revisión de la carta enviada al ministro de Ambiente y desarrollo Sostenible, Carlos Eduardo Correa, en diciembre de 2021, que incluye una propuesta sobre la institucionalidad para la regulación del mercado (art 20, LAC).

DESARROLLO.
El director de la oficina de cambio climático del MADS, Alex Saer, explicó los retos que vienen en los meses que restan para el final del gobierno actual con relación a la normativa que deberá ser expedida con el propósito de dinamizar los mercados de carbono como fuente de proveeduría de reducciones a países importadores netos.

La normativa priorizada incluye: la reglamentación de la Ley de Acción Climática en cuanto a las transacciones internacionales y algunos ajustes al decreto 926 de 2017 y la resolución 1447 de 2018.

Por parte de ASOCARBONO, el director ejecutivo, Francisco Ocampo hizo un contexto sobre la evolución de la asociación, la diversidad de actores que representa, 60 miembros, provenientes de todos los sectores de la cadena de valor del mercado de carbono en Colombia, y la manera como trabaja internamente en la definición de posiciones gremiales hasta su presentación en propuestas de política pública.

A continuación, se dio respuesta a las preguntas incluidas en la agenda de la reunión, así:

Artículo 17, Ley de Acción Climática: ¿El texto aprobado condiciona transacciones del mercado voluntario internacional que se realicen desde Colombia al cumplimiento previo de las NDC de Colombia? ¿Y estarán obligadas a aplicar los ajustes correspondientes?

– Lo primero que se aclaró es que el Artículo 6 aún se encuentra en proceso de negociación en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, CMNUCC.

– Con relación al cumplimiento de las NDC de Colombia, la referencia estará basada en el presupuesto de carbono del país, en construcción, desde los Planes Integrales de Gestión de Cambio Climático, Sectoriales, que deberá estar listo en el curso del segundo semestre de 2023. Este presupuesto tendrá compromisos anuales.

– El ajuste en los inventarios de emisiones de CO2 para el país en relación a las NDC, se alineará con lo que se termine de reglamentar en el artículo 6 de París.

– Toda transacción internacional tendrá que ser registrada en el RENARE.

– Se deberá tener claro si la transacción internacional estará destinada al cumplimiento de la NDC del país que importa los bonos de carbono, caso en el que se aplica realizar los ajustes correspondientes.

– Hay dos escenarios para las transacciones: la del Mercado Voluntario y las de los ITMO ́s (Internationally Transferred Mitigation Outcomes, por su sigla en inglés). Las que se realicen en el marco del mercado voluntario tienen que especificarse si son para cumplir, o no, los NDC del país en el que se encuentre la entidad compradora. o Esta especificación debe quedar plasmada en el contrato de compraventa para las transacciones del Mercado Voluntario.

– El marco regulatorio incluirá el régimen internacional, el de las transacciones país a país y el régimen nacional.

– Se busca asegurar la alta integridad ambiental de las transacciones, evitando la doble contabilidad.

– Existe la posibilidad de un régimen de transición para las transacciones internacionales, entretanto se define el presupuesto de carbono del país y el marco regulatorio final de éstas.
Los proyectos que se aniden a programas nacionales o Subnacionales, Visión Amazonía, p. ej., como socios, perderán derecho a ofrecer sus resultados de mitigación, léase bonos de carbono, ¿en el mercado de carbono?

– Se busca prevenir la doble contabilidad.

– Si un proyecto se encuentra anidado en un programa, puede solicitar su exclusión del programa, caso en el que se habilita para comercializar los bonos que produzca.

– Como alternativa, puede acoplarse a los beneficios del programa subnacional y recibir pagos por desempeño/los beneficios que ofrezca el programa, al ceder el derecho a vender bonos de carbono.

– Se hizo referencia al Programa LEAF de la cooperación internacional, que incluye al estándar ART TRESS, mencionándose que el país firmó una nota concepto sobre el estándar y se está en espera de las respuestas a las dudas planteadas por el gobierno.

– Actualemente el programa Biocarbono Orinoquia está en diseño y aun no se ha enviado a proceso de validación / verificación.

– El programa Vision Colombia tan solo es una idea y no estaría vinculado a pago por resultados.

Normas por elaborar en 2022 sobre Mercado de carbono:

¿Habrá espacios para discutir las propuestas del MADS? ¿Con que metodología?

Se realizó la presentación de las normas a ser elaboradas por el Ministerio, anexa al presente memorando, con el respectivo cronograma, que muestra la cantidad a ser expedidas en poco tiempo, por lo que los espacios de discusión tendrán lugar dentro del tiempo establecido por ley sobre la consulta pública para las normas. El director de la oficina de cambio climático se comprometió a convocar una mesa de discusión presencial una vez se encuentren publicadas los actos normativos para consulta en cada caso, o una sola mesa para discutir todos los casos, y ASOCARBONO a responder en el menor tiempo posible.

Las normas serán caracterizadas por los principios de trasparencia, claridad e integridad ambiental y tener el alcance de contar con una reglamentación marco, general.

ASOCARBONO entregó un documento con la propuesta de ajuste a la resolución 1447. ¿Cómo se dará trámite a las propuestas? ¿Podremos sustentarlas y discutirlas con el MADS?

El documento será revisado y se convocará una reunión para su detallada discusión. El Ministerio no se compromete a incorporar las propuestas de ajuste previo a la consulta pública del ajuste de la norma.
Revisión de la carta enviada al ministro de Ambiente y desarrollo Sostenible, Carlos Eduardo Correa, en diciembre de 2021, que incluye una propuesta sobre la institucionalidad para la regulación del mercado (art 20, LAC).

El Ministerio pretende que la Comisión de Estudio para la promoción y desarrollo de los mercados de carbono en Colombia desarrolle propuestas de los arreglos institucionales para los mercados de carbono colombianos.

Finalmente, se nos solicita enviar cuanto antes las hojas de vida que consideremos pertinentes para integrar la comisión de estudio para los mercados del carbono, de tal manera que puedan ser tenidas en cuenta en la evaluación que adelanta el Ministerio en este momento.

Atentamente,

FRANCISCO IGNACIO OCAMPO T.
Director Ejecutivo